Insólito: Embargado Por Las Deudas De Otro. Mucho Tiempo Después De Vender Un Vehículo Arba Ejecuta Por La Deuda Del Automotor Vendido.
Durante los últimos años, cada vez con mayor frecuencia, viene surgiendo el mismo problema: personas que luego de vender su vehículo siguen apareciendo como deudores de los impuestos asociados.
Años después de haber concretado la venta de sus vehículos, muchos vendedores particulares se llevan la desagradable sorpresa de descubrir que fueron inhibidos y/o embargados porque aparecen como deudores frente a los entes de gobierno. Es decir que alguien que vendió su vehículo, incluso después de haber presentado la denuncia correspondiente frente al Registro automotor, sigue siendo responsable y deudor del impuesto automotor.
En contra del sentido común y de la creencia generalizada, la Denuncia de Venta ante el Registro Automotor no alcanza para liberar a los vendedores del pago de los impuestos. Para la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial –por aplicación del artículo 192 bis del Código Fiscal de la Provincia de Bs As–, también es necesario efectuar la denuncia de venta fiscal en la Dirección de Rentas.
El art. 192 bis del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires –incorporado por la ley 12.576– establece que “los titulares de dominio podrán limitar su responsabilidad tributaria mediante denuncia impositiva de venta ante la Dirección Provincial de Rentas”.
¿Cómo
se resuelve?
Para
realizar la Denuncia Impositiva
de Venta, primero es necesario: 1) haber formulado previamente la
Denuncia de Venta en el correspondiente Registro de la Propiedad
Automotor mediante el Formulario 11, 2) haber pagado el impuesto de
sellos del boleto de compraventa, 3) estar al dia en el impuesto
automotor (o cancelar la deuda generada hasta ese momento) y 4) haber
intimado al comprador por carta documento a realizar la
transferencia.-
–Es importante recordar que la denuncia de venta que se formula ante ARBA es sólo para deslindar la responsabilidad impositiva con respecto al vehículo denunciado. No lo exime de responsabilidad civil frente al mismo. Como vemos, ambas denuncias son tramites independientes–
Si en nuestro caso la Denuncia de Venta fue realizada únicamente por el vendedor, los efectos liberatorios de la misma quedarán supeditados a que se identifique al adquiriente denunciado.
FUENTES
- https://www.guiadelcontador.com/detalle.php?a=automotor.-denuncia-impositiva-de-venta&t=71&d=274
+INFORMACIÓN
https://www.lanacion.com.ar/927174-como-realizar-el-tramite-de-denuncia-de-venta
https://www.argentina.gob.ar/denunciar-la-venta-de-un-automotor
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